Con fecha 04 de
diciembre de 2014 se ha publicado en el DOCM la Orden de 19/11/2014, de la Dirección General de Economía,
Competitividad y Comercio, por la que se determinan los domingos y festivos
autorizados para la apertura al público de los establecimientos comerciales en
Castilla-La Mancha durante el año 2015. (DOCM AÑO XXXIII Núm. 235 - 4 de diciembre de 2014)
Los doce domingos y festivos
de apertura autorizada al público de los establecimientos comerciales en
Castilla-La Mancha durante el año 2015 siguientes:
Domingo, 4 de enero de 2015
Domingo, 11 de enero de 2015
Jueves, 2 de abril de 2015
Lunes, 6 de abril de 2015
Domingo, 5 de julio de 2015
Sábado, 15 de agosto de 2015
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Lunes, 12 de octubre de 2015
Domingo, 6 de diciembre de 2015
Lunes, 7 de diciembre de 2015
Domingo, 13 de diciembre de 2015
Domingo, 20 de diciembre de 2015
Domingo, 27
de diciembre de 2015
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La Administración
Regional, siguiendo la tradición de los últimos años ha vuelto a imponer su
criterio y el de los grandes grupos, desatendiendo criterios de negociación
entre las partes (empresarios, organizaciones sindicales, asociaciones de
consumidores, etc,).
De esta manera se
perjudica claramente la conciliación de
la vida laboral y familiar de los trabajadores y trabajadoras de comercio, así
como al comercio local integrado por pequeña y mediana empresa que nunca podrá
competir en igualdad de condiciones ante calendarios de aperturas como es el
caso. (Solo hay que ver la
distribución de los festivos de apertura de diciembre).
Desde
UGT seguimos denunciando esta situación que viene repitiéndose durante los
últimos años, y hacemos un llamamiento a las organizaciones empresariales
(FEDA) para que públicamente manifiesten su rechazo a este calendario y el modo
en que se aprueba, pues claramente es perjudicial tanto para los trabajadores y
trabajadoras como para el empresariado del sector de comercio en Castilla La
Mancha.
Os queremos recordar que para el año 2015 serán
fiestas laborables de carácter retribuido y no recuperable en Castilla-La
Mancha, las siguientes fechas:
1 de
enero. Año nuevo | 6 de enero. Epifanía del Señor | 2 de abril. Jueves Santo||
3 de abril. Viernes Santo.| 6 de abril.
Lunes de Pascua en sustitución del descanso
laboral correspondiente al 19 de marzo| 1 de
mayo. Día del Trabajo.|4 de junio. Corpus Christi|15 de agosto. Asunción de la
Virgen.| 12 de octubre. Fiesta Nacional| 7 de diciembre. Día de la
Constitución| al coincidir en domingo el 6| 8 de diciembre. Inmaculada
Concepción.| 25 de diciembre. Navidad.